NO AL INESERGIO J. GONZÁLEZ MUÑOZEn el debate público actual sobre el Instituto Nacional Electoral (INE) se aprecian ominosasdos pulsiones políticas de ciertos actores que inexplicablemente se comentan, analizan e impulsan como si fueran siamesas, sin serlo.La primera parece ser “amarrarle las manos a los gobernadores” ante la injerencia que se dice tienen en la conformación y en el gobierno mismo y cotidiano de las autoridades electorales de sus entidades federativas. La segunda indicaría que, en consecuencia, habría que transferir la preparación, desarrollo y calificación de las elecciones locales al IFE o al INE por lo que, a su vez, deberían desaparecer las autoridades estales competentes.Aquí hay un abismo argumental muy cercano a la esquizofrenia que solo los interesados no quieren ver, pues es evidente que de una cosa no se sigue la otra. Dicho de otra manera: “replegar” en estos temas a los ejecutivos locales es una cosa, pero otra muy distinta (y de ninguna manera conectada) encimarle para ello al IFE nuevas atribuciones y personal que quizá terminarían por desnaturalizarlo.Si en realidad se quiere prevenir, detener, castigar y reparar los “excesos” de los gobernadores en las elecciones locales, la solución es un análisis serio y serenado. Primero hay que revisar en su conjunto las aristas de la discusión en todos los Estados y en el DF, pues hay actores que solo ven la paja en el gobernador ajeno y no la viga en el propio. ¿En serio el Presidente del PRD le quiere amarrar las manos a Mancera o a Graco Ramírez y el Presidente del PAN de veras quiere hacerlo con los Gobernadores de Baja California y de Sonora?Segundo, lo que los quejosos llaman “excesos” son producto de normas aprobadas por ellos mismos a través de las expresiones parlamentarias de sus partidos políticos en los congresos locales, aunque hay que resaltar que en el caso del DF provienen de reglas aprobadas por el Congreso de la Unión en el Estatuto de Gobierno, que es por ello una ley federal. Insisto: los ejecutivos locales son animales políticos con un gran olfato y buen manejo del marco jurídico vigente; recordemos que Bovero decía que el derecho y la política son las dos caras de una misma moneda, y que Reyes Heroles decía que no es posible neutralizar un exceso con un exceso contrario.¿Entonces? Un buen inicio reside quizá en una bien pensada reforma a los artículos 116 y 122 constitucionales que aunque son expresos y prolijos en los principios que deben regir la actuación de las autoridades administrativas electorales estatales, nada dicen sobre los mecanismos para la designación de los titulares de los órganos superiores de dirección y menos sobre los requisitos e impedimentos para su nombramiento.Esta obsesión federalista (en realidad omisión) ha ocasionado una variopinta camada de Consejeros Electorales en la que por igual destacan doctores en ciencias políticas o en derecho con obra publicada, que funcionarios o exfuncionarios públicos de enorme experiencia y prestigio, que honorables empresarios del ramo mueblero con especialidad en cocinas, con todas las variables que van de un extremo al otro, todos igual de respetables y permitidos en las constituciones y leyes locales.Del mismo modo, tenemos Consejeros cuyo término de gestión es de tres años con posibilidad de reelección no inmediata, como en Baja California, y otros que ejercen su encargo por siete años sin posibilidad de reelección, como en el DF. En casos peculiares, hay consejeros que pueden ser o no ratificados.Así como es necesario combatir la terrible dispersión normativa y hacer del COFIPE una Ley General para estandarizar a nivel nacional muchos procedimientos y plazos electorales que hoy son multitud e ininteligibles, creo que también hay que ponderar la inserción de reglas y principios generales que desde la constitución restañen la capacidad arbitral, prestigio y eficacia de los órganos estatales, con nuevos y mejores métodos de designación y hasta de remoción de sus Consejeros Electorales, así como requisitos e impedimentos más adecuados a la realidad política e institucional de las elecciones modernas, aunque debo reconocer que en este apartado el demonio estará en el detalle de los artículos transitorios, sobre todo los relativos a los plazos o términos de entrada en vigor.Encuentro una tercera pulsión que por apenas esbozo: la del “excesivo” gasto institucional electoral. Se dice con enorme ligereza (y últimamente hasta con cifras y referencias, de dudosa procedencia, por supuesto) que hay un problema de gasto excesivo en los órganos electorales estatales, pero convenientemente olvidan que lo que esas instituciones dejarán de gastar lo tendrá que erogar el INE. Omiten ponderar también que el actual personal del IFE en los estados no podrá por sí mismo cumplir y hacer cumplir las atribuciones que en materia de elecciones estatales y ejercicios de participación ciudadana tienen los propios órganos locales, lo que implicaría la contratación (y en algunos casos, liquidación por duplicación de funciones) de personal de éstos.Me parece que el tema demanda discurrir por vías de racionalidad política y jurídica, alejándose de la bravata y el sustento simplón. En disciplinas como esta, más vale temprano que tarde.sergioj@gonzalezmunoz.comTwitter: @Sergioj_glezm