Saltillo, Coahuila a 2 de junio de 2023.- Durante la décima tercera Sesión del Primer Período Ordinario del tercer año de la LXII del Congreso del Estado de Coahuila, el Diputado de morena, Francisco Cortez, presentó una iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción III del artículo 6 de la Ley de Protección y Trato Digno a los Animales para el Estado de Coahuila de Zaragoza, en materia de cuidados y preservación de los animales en un marco de respeto a su dignidad, para quedar de la siguiente manera:

 

Artículo 6.- Para la formulación y conducción de la política estatal y demás instrumentos previstos en esta ley, en materia de protección y trato digno a los animales, se observará los siguientes principios:

 

I.- … a la II.- …

 

III.- Ningún ser humano puede exterminar a los animales, lastimarlos, atemorizarlos, recluirlos, abandonarlos o explotarlos para realizar trabajos más allá de aquellos que por sus características de especie pueda llevar a cabo;

 

IV.- … y V.- …

 

El legislador de morena, mencionó que los animales poseen dignidad y, como consecuencia, tienen derechos inalienables, recalcando que debemos tratar a los animales dignamente, por lo que no es simplemente una obligación legal, es una norma moral.

 

“Sabemos que los animales no pueden recibir un trato indigno. Ello les rebajaría, tanto a ellos como a quienes les mostrasen ese desprecio. Asociaciones de eminentes juristas trabajan y luchan en los tribunales por el reconocimiento de la dignidad animal, pero esta historia apenas comienza” manifestó.

 

Aunado a lo anterior, Cortez Gómez dio a conocer que la Declaración Universal de los Derechos de los Animales, aprobada por la UNESCO y posteriormente por la ONU, está conformada por 14 artículos orientados a proteger la vida digna y la integridad de todos los animales. 

 

“Como se sabe, este documento establece que todos los animales poseen derechos y merecen un respeto equiparable al que existe entre las personas. Además, señala que la educación de las infancias debe promover y enseñar a observar, comprender, amar y respetar a los animales. Por otro lado, la experimentación animal, según el artículo 8, que implique sufrimiento físico o psicológico “es incompatible con los derechos del animal, ya se trate de experimentos médicos, científicos, comerciales o de cualquier otra forma de experimentación… Las técnicas alternativas de experimentación deben ser utilizadas y desarrolladas”. Ningún animal podrá tampoco ser explotado para esparcimiento del hombre, lo cual es incompatible con la dignidad del animal. Así mismo, todo acto que implique su muerte innecesaria es un biocidio: “un crimen contra la vida”. Por lo demás, hasta un animal muerto debe ser tratado con respeto” expuso.

 

“Por último, el artículo 14 de dicha declaración, agrega algo muy importante: “…Los derechos del animal deben ser defendidos por la ley, al igual que los derechos del hombre”. La propia Ley en comento resulta compatible con el presente planteamiento, al establecer en su artículo 2, fracción I, el objetivo de “proteger a la fauna en general, erradicando y sancionando los actos de crueldad, mutilación estética, modificación corporal, abandono explotación o maltrato provocados por seres humanos” finalizó.

Fuente:EFE

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