La Subprocuraduría Especializada para la Atención de Delitos Electorales investiga de oficio la presunta intervención del alcalde panista de Monclova, Gerardo García Castillo, a favor de la campaña de Theodoro Kalionchiz de la Fuente, candidato del Partido Acción Nacional por el Distrito 12.
Si bien ningún partido político denunció los hechos, la dependencia inició las indagatorias debido a que se trata de un posible delito electoral que se debe revisar sin la necesidad de querella, dijo el subprocurador Manuel Horacio Cavazos Cadena.
Explicó que los delitos electorales se persiguen de acuerdo a la Ley General en Materia de Delitos Electorales que a nivel nacional entró en vigor el 23 de mayo.
En el artículo 11 del ordenamiento se castiga con prisión de dos a nueve años de cárcel y multa de 200 a 400 días de salario mínimo, es decir, de 12 mil 754 a 24 mil 408 pesos, al servidor público que «destine, utilice o permita la utilización de manera ilegal de fondos, bienes o servicios que tenga a su disposición, en virtud de su cargo, al apoyo o al perjuicio de un precandidato, partido político, coalición, agrupación política o candidato.
También, al funcionario que «proporcione apoyo o preste algún servicio a un precandidato, partido político, coalición, agrupación política o candidato, sea que lo haga por sí mismo o a través de sus subordinados, en sus horarios de labores».
Además de estas penalidades en su momento la autoridad podría considerar la acusación de peculado que se encuentra en el artículo 195 del Código Penal del estado, donde se establece prisión de dos a ocho años, multa, destitución del cargo e inhabilitación definitiva para desempeñar otro «al servidor público que para beneficio propio o ajeno disponga de dinero, valores, fincas o cualquier otra cosa perteneciente a alguna entidad pública».
Cavazos Cadena informó que la investigación por el caso Monclova se inició el viernes pasado, luego que a través de redes sociales y medios de comunicación se difundió una supuesta conversación telefónica donde el funcionario municipal habría hecho referencia de su apoyo a favor del candidato Theodoro Kalionchiz de la Fuente, a quien beneficiaría con mil 800 banderas de propaganda con un costo de 45 pesos cada una y coordinaría la campaña de proselitismo.
Cavazos dijo que si bien las conversaciones telefónicas obtenidas ilegalmente no se toman como prueba en las investigaciones y representan un delito para quien las hizo, sí aportan indicios de delitos que se pueden corroborar con pruebas testimoniales, documentales y periciales.
«Nosotros iniciamos una investigación de oficio, los delitos electorales, al momento en que la autoridad tiene conocimiento de ello, debe entrarle a investigar; estamos investigando, pero tenemos el problema de la forma en que se obtuvo, tenemos que investigar cómo se obtuvo ese diálogo porque si está hecha fuera de la Constitución hay un principio de que las pruebas obtenidas así siguen el camino del fruto del árbol envenenado, viene mal desde el principio, en el nuevo sistema penal se habla de esa teoría.
«No queda sin efecto (el delito), ahí está, pero (la prueba) no tiene valor jurídico, pero los hechos ahí están; se puede buscar por otro lado, no nada más el diálogo que está en los periódicos o en internet, hay muchas otras formas para poder llegar. Ese puede ser un indicio que sirva para llevarnos, a lo mejor lo que se dice ahí sí sucedió en realidad, pero la prueba si es fuera de la constitución no sirve y el que haya grabado eso está cometiendo un delito, es intrusión a la intimidad».
Fuente: El Heraldo






